ASAJA CyL y COAG CyL manifiestan sus discrepancias sobre la ley para el impulso de explotaciones ganaderas como instrumento dinamizador del medio rural

Las organizaciones agrarias ASAJA CyL y COAG CyL no interpretan el Decreto-Ley de Castilla y León convalidado ya por las Cortes de Castilla y León sobre el impulso y simplificación administrativa para agilizar iniciativas empresariales para dinamizar la economía, bajo la perspectiva de la puesta en marcha de proyectos ganaderos conocidos como «macrogranjas intensivas».

ASAJA CyL expresa su apoyo pero para no es aplicable a las macrogranjas intensivas

Tras la convalidación por las Cortes del Decreto-Ley sobre impulso y simplificación de la actividad administrativa para agilizar iniciativas empresariales que dinamicen la economía en un momento crítico, ASAJA CyL, organización más representativa del sector primario de Castilla y León, expresar «su apoyo a medidas que supongan una reducción de cargas administrativas innecesarias y una disminución de tiempos de tramitación, dado que la burocracia enrevesada y muchas veces inútil bloquea en muchos casos proyectos de emprendimiento muy necesarios en el medio rural.» No obstante, la citada organización agraria se muestra “sorprendida por las críticas demagógicas que ha levantado esta iniciativa, poco menos que tildándola de una herramienta para dar vía libre a granjas de mayor tamaño, las denominadas “macrogranjas”. Y nada más lejos de la realidad, porque los cambios que en este sentido incluye sobre la reforma que supuso el Decreto 4/2018, de 22 de febrero, son irrelevantes”.

 

El mencionado sindicato agrario sostiene que cualquier explotación de cierto tamaño (más de 2.000 cerdos de cebo, más de 750 cerdas madres, o en avicultura 40.000 aves, idéntico umbral al de otros países europeos, como Francia) que quiera instalarse tiene que atenerse a lo establecido en el Decreto 4/2018 de 12 de febrero, que marca la obligación imprescindible de contar con autorización ambiental previa, cuya obtención supone un proceso muy riguroso y garantista que de hecho muchas veces obliga a retirar el proyecto. Es decir, el Decreto-Ley no tiene nada que ver con las macrogranjas, sino exclusivamente con la ganadería extensiva y la intensiva de pequeño tamaño, que no requieren en ningún caso autorización ambiental, proyectos que, en vez de ir por la vía de la licencia ambiental, más larga y exhaustiva, podrán ponerse en marcha mediante comunicación ambiental. Este ajuste normativo supondrá, como se señala en el preámbulo, “la reducción de cargas administrativas y disminución de tiempos de tramitación, sin menoscabo de la protección del medio ambiente”. También podrían optar a esta vía instalaciones agroalimentarias, como queserías, bodegas, galleteras, conserveras, embutidos…

 

ASAJA CyL considera que «hay determinados sectores que aprovechan cualquier situación para confundir a la población con el término ‘macrogranja’ “que utilizan para criminalizar la actividad ganadera. Ahora mismo, montar una granja de menos de 2.000 plazas de cerdos de cebo (el límite para necesitar ya autorización ambiental) es inviable para un ganadero que quisiera vivir únicamente de ese trabajo. La rentabilidad de las explotaciones de porcino más pequeñas, la mayoría en integración, está ligada a ser complemento de la actividad agraria, ya que por sí solas no permiten mantener una familia, porque pocos sectores como el porcino están tan regulados, siendo el sector español puntero en inversiones y sistemas productivos óptimos en sanidad, calidad y sostenibilidad, como prueba el peso del porcino en nuestra balanza de exportaciones. Sin embargo, parece que algunos, en lugar de analizar los datos, prefieren echar a los pies de los caballos a los ganaderos.»

 

En este asunto crítico para la revitalización del medio rural y el asentamiento de población joven, Donaciano Dujo, presidente de ASAJA CyL, «espera que la clase política sea coherente y promueva medidas que faciliten la actividad ganadera, “porque es en las leyes cuando tienen que demostrar que somos un sector esencial para la sociedad, y no con tanta palmadita en la espalda y aplauso.»

COAG CYL celebra que la Administración reduzca trámites, plazos y cargas para instalar o modernizar granjas

Por su parte, COAG CyL considera que la publicación de la convalidación del Decreto-ley sobre simplificación de trabas administrativas en Castilla y León es «una buena noticia para todos los profesionales que pretendan abrir nuevas instalaciones -o modificar las existentes- para la producción ganadera o para pequeñas industrias de transformación agroalimentaria. Todo ello tendrá efectos positivos sobre el empleo y la población de las zonas rurales.»

 

La citada organización agraria recuerda «que en el año 2018 la Consejería de Medio Ambiente pretendió flexibilizar el procedimiento administrativo respecto de los controles medioambientales exigibles previos a dichas actividades, pero buena parte de la iniciativa fue invalidada por los tribunales. El Decreto-ley recién aprobado corrige aquella situación, permitiendo que un amplio grupo de actividades que antes estaban sujetas al régimen de licencia ambiental puedan acogerse al régimen de comunicación ambiental al ayuntamiento en el que se ubiquen. En concreto, pasan al régimen de comunicación ambiental prácticamente todas aquellas actividades que no están sometidas al régimen de autorización ambiental –el más exigente de todos-; entre otras, todas las instalaciones ganaderas salvo las explotaciones con más de 40.000 gallinas, 2.000 plazas de cerdos de engorde o 750 cerdas reproductoras.»

 

El sindicato agrario mencionada recalca que la flexibilidad introducida por el Decreto no menoscaba la salvaguarda del medioambiente porque la propia norma lo justifica así: “(…) atendiendo a la incidencia ambiental de las concretas actividades e instalaciones o la existencia de otros controles ambientales, sustituye la licencia ambiental por una comunicación ambiental en numerosas actividades, ahorrando trámites y tiempo para los emprendedores, en la medida en que permite pasar de un control previo ligado a un procedimiento administrativo a un control posterior vinculado a un régimen de inspección que permite corregir las disfunciones que, en su caso, puedan ocasionar molestias ambientales en el entorno, sin perjuicio de que la actividad o instalación en cuestión esté sujeta a otros regímenes de intervención por aplicación de la normativa sectorial correspondiente y sin menoscabo de la protección del medio ambiente”. “(…) Pasan al régimen de comunicación ambiental determinadas actividades e instalaciones que actualmente se incluyen en el régimen de licencia ambiental y que se beneficiarán de la reducción de cargas administrativas y la disminución de tiempos de tramitación, sin menoscabo de la protección del medio ambiente”.

 

De esta afirmación legal, COAG CyL interpreta que «se simplifican y reducen determinadas obligaciones que requieren un esfuerzo significativo en la tramitación de los expedientes sin que aporten a estos nada nuevo que previamente o por otros medios más simples no sea ya conocido. No hay que olvidar que las instalaciones ganaderas, en función de sus dimensiones o características productivas están sujetas a informe o evaluación de impacto ambiental, y que siguen estando obligadas a cumplir determinadas distancias a núcleos de población, masas de agua, pozos, normas de gestión de purines, etc., y sin perjuicio de que la normativa sectorial pueda ser más estricta para algunos sectores.»

 

No obstante lo anterior, desde COAG CyL revalidan su posición de forma clara a favor de que «por normativa se limite la capacidad máxima de las instalaciones ganaderas en todos los sectores, al igual que ahora sucede con el porcino. Con ello se pondría coto a las pretensiones de crear hipergranjas como la proyectada en la localidad soriana de Noviercas, cuyas dimensiones la convierten en un completo y absoluto despropósito medioambiental, sanitario y social.»

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