Castilla y León incluye nuevas actividades para ser beneficiario de las ayudas destinadas al relevo generacional de trabajadores autónomos

Castilla y León, a través de su Consejería de Industria, Comercio y Empleo, ha llevado a cabo una modificación de las bases reguladoras de las subvenciones del programa de relevo generacional, Relevacyl, que se puso en marcha el pasado 25 de junio y que tiene como objetivo apoyar el relevo de las actividades por cuenta propia, con el fin de evitar el cierre de negocios rentables de trabajadores autónomos, cuando el cese se produce por jubilación o causa similar.

La modificación, publicada en Bocyl, tiene por objeto ampliar el abanico de negocios que pueden optar a las ayudas, así como dotar de mayor flexibilidad a los procesos de transmisión, garantizando una mayor facilidad en la continuidad de la actividad productiva.

 

La principal novedad de la modificación es la incorporación de nuevos perfiles de negocios al plan de ayudas. En este sentido, podrán acceder también aquellos trabajadores autónomos que releven un negocio cuya actividad principal se desarrolle en un vehículo, entendiendo estos como el espacio físico principal de prestación del servicio profesional.

 

 

 

 

  • Podrán beneficiarse también de las ayudas de los programas Relevacyl los trabajadores autónomos cuya actividad principal se desarrolle en un vehículo

  • Además, se amplía el periodo para la transmisión del negocio, pudiendo trascurrir hasta cuatro meses entre el cierre y la nueva apertura

  • El plazo para solicitar las ayudas finalizaba el próximo día 28 de noviembre pero será objeto de ampliación

 

Esta medida responde a la necesidad de atender una realidad emergente en el ámbito del autoempleo, y especialmente en el medio rural, donde la prestación de servicios itinerantes es cada vez más frecuente y cada vez más necesaria para dar una respuesta integral a las necesidades de la población. Se incluyen también, de este modo, todas aquellas actividades de trabajadores por cuenta propia que faciliten los desplazamientos y el transporte. 

 

Dentro de las modificaciones introducidas se establece también una mayor flexibilidad temporal en la transmisión. En este sentido, y con el objetivo de facilita la organización del relevo, se permite el acceso a la subvención en aquellos casos en los que la transmisión del negocio se haya producido con un margen de hasta cuatro meses, tiempo máximo que debe transcurrir entre el cese de la actividad del anterior titular y su reapertura por el nuevo autónomo.

 

Esta amplitud en la ventana temporal pretende que el nuevo autónomo pueda organizar su actividad con mayor holgura, facilitando que el relevo pueda producirse con mayor flexibilidad y permitiendo que el nuevo titular disponga del tiempo necesario para planificar, adecuar y ajustar su modelo de negocio.

 

El programa de relevo generacional, Relevacyl, en su vertiente de apoyo directo al autoempleo, contempla ayudas destinadas a las personas trabajadoras por cuenta propia de la Comunidad que sucedan al titular de una actividad empresarial o profesional establecida en Castilla y León cuando el traspaso tenga su origen en la jubilación del titular o cese del negocio por causas sobrevenidas de incapacidad o similar circunstancia.

 

La cuantía base de la subvención es de 10.000 euros por beneficiario, sin bien las ayudas se incrementan, con incentivos adicionales y acumulables, en función del perfil del nuevo autónomo y del lugar de ubicación de la actividad. En este sentido, se establecen incrementos para las mujeres, los jóvenes o las actividades ubicadas en el medio rural, pudiendo alcanzar las ayudas los 20.000 euros por beneficiario.

 

Una vez modificadas las bases para ampliar el alcance del programa, el plazo de presentación de solicitudes, que inicialmente finalizaba el 28 de noviembre, será también objeto de ampliación en los próximos días.

 

La base cuarta queda redactada en los siguientes términos:
«Base 4ª.– Actuaciones subvencionables y cuantía de la subvención.
  • 1.– Será objeto de subvención el relevo generacional de negocios establecidos en una localidad de Castilla y León y cuyo domicilio fiscal también se encuentre en dicha comunidad, en el siguiente supuesto:
Que se trate del relevo en una actividad empresarial o profesional por alguna de estas causas:
  • • Jubilación de la persona titular del negocio que se traspasa.
  • • Cese del negocio por causas sobrevenidas: incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez y muerte.
La formalización del acuerdo de transmisión del negocio deberá realizarse de manera efectiva dentro del plazo que se establezca en la correspondiente convocatoria.
El nuevo titular deberá iniciar formalmente la actividad en un plazo máximo de cuatro meses contado desde la fecha de baja en Hacienda y Seguridad Social del negocio transmitido.
La actividad empresarial o profesional objeto del traspaso debe tener al menos cinco años de antigüedad en el momento de la transmisión del negocio. Además, deberá tratarse de una actividad económica desarrollada en un establecimiento físico vinculado a un local comercial o a una oficina, en el que se lleve a cabo, al menos, una parte sustancial de la actividad.
Igualmente, podrán acogerse aquellos trabajadores autónomos que desarrollen su actividad económica de manera principal en un vehículo, entendido este como el espacio físico en el que se presta el servicio profesional. En estos casos, el vehículo utilizado deberá estar vinculado directamente a la actividad económica declarada.
No serán subvencionables los negocios digitales que únicamente cuenten con un alojamiento online.
  • 2.– La cuantía de la subvención a percibir por persona beneficiaria será de 10.000 euros.
Dicha cuantía se podrá incrementar cuando se den las siguientes circunstancias:
– En 4.000 euros si la actividad se desarrolla en un municipio de hasta 1.000 habitantes, o bien en 2.000 euros si lo hace en un municipio de 1.001 hasta 5.000 habitantes.
Se considerará que la actividad se desarrolla en el lugar donde tenga establecido su domicilio fiscal el nuevo titular del negocio.
– En 4.000 euros si la persona beneficiaria es mujer.
– En 2.000 euros si la persona beneficiaria es menor de 35 años.
En todo caso, la cuantía máxima a conceder será de 20.000 euros.”.
Las modificaciones introducidas por la presente orden se aplicarán a la convocatoria efectuada mediante Orden de 19 de junio de 2025, de la Consejería de Industria, Comercio y Empleo, por la que se convocan las subvenciones para el año 2025 destinadas al fomento del relevo en la actividad por cuenta propia en Castilla y León, con especial atención al impulsado por mujeres autónomas (Relevacyl Autoempleo).

Qué es Relevacyl

 

RELEVACyL es un programa diseñado por Castilla y León para fomentar el relevo generacional a través del trabajo por cuenta propia o autónomo. Uno de cada tres autónomos en Castilla y León tiene más de 55 años, pero sin embargo lideramos el ranking de sostenibilidad en los negocios, atendiendo a la trayectoria de estos en años, lo que evidencia su viabilidad y rentabilidad.

 

Este programa frece ayudas a aquellos autónomos (RELAUT) que quieran dar continuidad a una actividad empresarial a través del traspaso por cese sobrevenido o jubilación de su titular, así como a las asociaciones del sector (RELEM) que puedan ayudar y acompañar en el proceso de sucesión empresarial.

 

El programa se completa con una plataforma de encuentro entre ofertantes y demandantes de traspasos, así como las entidades asesoras en el proceso, con el objetivo de acercar a estos actores para que los negocios más resilientes de España encuentren un relevo.

 

 

RELAUT es un programa de ayudas destinado a personas trabajadoras autónomas empadronadas en Castilla y León (de alta en el RETA y el IAE, con domicilio fiscal en Castilla y León) que sucedan al titular de una actividad empresarial o profesional establecida en Castilla y León con al menos 5 años de antigüedad, y cuyo traspaso sea motivado por jubilación del titular, o por cese del negocio por causas sobrevenidas (incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez y muerte). El beneficiario de estas ayudas deberá mantener el empadronamiento, el negocio y el alta en el RETA durante al menos 5 años, desde la notificación de concesión.

 

Las cuantías irán desde 10.000 € a 20.000 €, en función de si el negocio se ubica en el medio rural, el beneficiario de la ayuda es una mujer o un menor de 35 años.

 

 

RELEM es un programa de ayudas con dos líneas:

  • Línea I: Destinada a entidades asociativas de trabajadores autónomos de carácter intersectorial (aquellas que cuenten con trabajadores autónomos que desarrollen su actividad en, al menos, tres sectores económicos de entre los de agricultura, industria, construcción y servicios) y ámbito autonómico, que se encuentren legalmente constituidas, e inscritas en el Registro de Asociaciones Profesionales de Trabajadores Autónomos de Castilla y León.
  •  
  • Línea II: Destinada a entidades asociativas de cooperativas y de sociedades laborales de ámbito autonómico que se encuentren inscritas en el Registro administrativo correspondiente de Castilla y León.

 

La finalidad de las ayudas es la financiación de los itinerarios dirigidos al fomento del relevo generacional en Castilla y León que realicen las entidades beneficiarias, a través del desarrollo de actuaciones de mentoría y asesoramiento individualizados a personas emprendedoras que deseen realizar una actividad por cuenta propia o un emprendimiento colectivo en Castilla y León, según corresponda, primando el relevo impulsado por mujeres, dirigido a dar continuidad a un negocio viable. Las cuantías podrán llegar hasta 60.000 € por entidad beneficiaria en la línea I y hasta 30.000 € en la Línea II.

 

 

La Plataforma RELEVACYL es una herramienta de interconexión entre los agentes implicados en un traspaso (ofertantes, demandantes y posibles asesores). En ella podrán darse de alta los ofertantes de un traspaso, indicando las principales características del mismo (datos del ofertante, valor del traspaso, sector, fotos, etc.), y, por otro lado, podrán darse de alta los demandantes de un traspaso, indicando los sectores en los que busca negocio, el valor máximo de su oferta, etc.

 

Por último, podrán darse de alta en el perfil de Asesores, aquellas entidades que puedan prestar servicios de asesoría para la consecución del traspaso.

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