Castilla y León flexibiliza los requisitos para obtener las ayudas de la PAC ante las adversidades meteorológicas extremas sufridas

Castilla y León publicó, el pasado 18 de febrero, una resolución que flexibiliza el cumplimiento de los requisitos para optar a determinadas ayudas de la PAC, debido a las adversidades meteorológicas extremas sufridas durante el invierno en la presente campaña agrícola, declarada oficialmente como excepcional en su último consejo de gobierno.

 

Ante la imposibilidad de realizar ciertas prácticas agrícolas por las continuas lluvias, la nueva normativa fija diferentes excepciones en el cumplimiento de los regímenes voluntarios en favor del clima, el medio ambiente y el bienestar animal, los conocidoscomo ecorregímenes, así como en las intervenciones medioambientales y climáticas de desarrollo rural, la denominada agricultura ecológica y los cultivos industriales sostenibles.  

 

En el caso de los ecorregímenes, se flexibilizan las prácticas de rotación de cultivos con especies mejorantes y la de siembra directa: 

  • En rotación de cultivos, se reduce la rotación obligatoria del 50 al 25%. Además, se permite la rotación con barbecho tras un cultivo de leguminosas.
  • El porcentaje de cultivos mejorantes se mantiene en el 10%, pero el porcentaje de leguminosas se reduce de forma general del 5 al 2,5%. 
  • En la práctica de siembra directa, se reduce el porcentaje de rotación del 40 al 25% de la superficie acogida a la práctica. Igualmente se permite la rotación con barbecho tras un cultivo de leguminosas en 2025.  

Por su parte, en las intervenciones medioambientales y climáticas de Desarrollo Rural:  

  • En la intervención de agricultura ecológica, la certificación de la producción obtenida se estimará en función de la media de la zona. 
  • En cultivos agroindustriales sostenibles (remolacha azucarera), si la siembra es menor al 80% de la superficie de contrato, se deberá presentar una alegación y aportar dos fotografías georreferenciadas posteriores al 15 de marzo con la situación de la parcela donde se preveía la siembra de remolacha. 

La declaración como excepcional de la campaña agrícola posibilita adoptar medidas de apoyo al sector agrario por “catástrofe natural grave o fenómeno meteorológico grave que afecta seriamente a la explotación”, conforme a la normativa europea, lo que permite establecer el alcance de las obligaciones y criterios de las ayudas financiadas por los fondos FEAGA y FEADER. 

 

La declaración de excepcionalidad de la actual campaña agrícola, tras los continuos episodios de lluvia registrados desde noviembre, enumera, entre otros, los efectos directos provocados sobre las fincas de cultivo como la saturación del suelo, la imposibilidad de que la maquinaría pueda entrar en las parcelas, dificultadas para la realización de siembras, abonados y tratamientos, incremento del riesgo de compactación, o mayor incidencia de asfixia radicular. 

 
 
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