Castilla y León inicia el camino para potenciar las mancomunidades bajo un criterio territorial ¿supondrá el principio del fin de las diputaciones provinciales?

Castilla y León, a través de la Consejería de Transparencia, Ordenación del Territorio y Acción Exterior ha habilitado en el Portal de Gobierno Abierto un nuevo foro de participación con el que inicia el procedimiento para reformar la ley de ordenación territorial, en vigor desde el año 2013. Entre los objetivos de la modificación normativa se encuentran la adaptación de la tipología de espacios funcionales para la ordenación del territorio a las áreas funcionales, ya sean rurales o urbanas, establecer un contenido mínimo de competencias en los estatutos de las mancomunidades de interés general rurales y flexibilizar las competencias de las mancomunidades de interés general urbanas. Con esta reforma se prevé suprimir la necesidad de disponer de una mayoría cualificada para la aprobación por ley de los espacios funcionales rurales y urbanos.

 

En el inicio de la presente legislatura se considera necesario impulsar los nuevos espacios territoriales de la comunidad autónoma para lograr unas zonificaciones de los servicios autonómicos más acordes con el territorio y la población receptora de ellos, logrando unos espacios funcionales que permitan una mejora sustancial tanto en la planificación, programación y ejecución de las políticas públicas al estar planificadas bajo el criterio de la territorialidad. Junto a ello, existen dos cuestiones adicionales que justifican la modificación que se plantea, formalmente desde hoy. Por un lado, el impulso de las mancomunidades de interés general rural como fórmulas de colaboración intermunicipal para solventar los problemas que genera el inframunicipalismo de Castilla y León y poder prestar a los ciudadanos unos servicios públicos de carácter local de calidad; por otro, el impulso de las mancomunidades de interés general urbano, como fórmulas de colaboración intermunicipal, para poder prestar a los ciudadanos unos servicios públicos de carácter local de calidad en los ámbitos urbanos, aprovechando las áreas de influencia de los grandes municipios.

 

La Consejería de Transparencia, Ordenación del Territorio y Acción Exterior se fija una serie de objetivos concretos con esta iniciativa normativa, ya anunciada y prevista en el calendario anual normativo aprobado por la Junta de Castilla y León para el año 2020. Las finalidades de esta reforma son siete: adaptar la tipología de espacios funcionales para la ordenación del territorio a las áreas funcionales, ya sean rurales o urbanas; garantizar la participación de todos los ciudadanos, y de las asociaciones y organizaciones implicadas en el mundo rural, en el proceso de delimitación de los espacios funcionales rurales; fijar la participación de los agentes económicos y sociales de Castilla y León en la elaboración del futuro mapa de áreas funcionales rurales; reforzar la participación de las Entidades Locales en sus respectivos niveles de decisión en la elaboración del mapa de áreas funcionales; establecer nuevos criterios para la delimitación de los espacios funcionales, especialmente en el ámbito rural; establecer un contenido mínimo de competencias en los estatutos de las mancomunidades de interés general rurales; y flexibilizar las competencias de las mancomunidades de interés general urbanas.

 

Desde la consejería que dirige el vicepresidente Francisco Igea se pretende atajar varios problemas existentes, y con ello desbloquear y avanzar en el desarrollo de la ley existente desde el año 2013. El más significativo es, precisamente, suprimir la mayoría cualificada para la aprobación por ley de los espacios funcionales rurales y urbanos. Además, también se plantea simplificar la tipología y la terminología de espacios funcionales para la ordenación del territorio previstos en la normativa de ordenación, servicios y gobierno del territorio de la Comunidad de Castilla y León; establecer nuevos criterios para la delimitación de los espacios funcionales, especialmente en el ámbito rural más acordes con la realidad territorial y poblacional; establecer un nuevo procedimiento más ágil y participativo para la delimitación de los espacios funcionales y simplificar la cartera de competencias de las mancomunidades de interés general.

 

El director general de Ordenación del Territorio y Planificación, Antonio Calonge, comunicó en días pasados esta iniciativa -mediante sendas comunicaciones- a la Dirección General de Administración Local de la Consejería de la Presidencia; la Federación Regional de Municipios y Provincias; y a todos los grupos parlamentarios de las Cortes de Castilla y León. Hasta el próximo 24 de enero, cualquier persona puede realizar sus aportaciones en el espacio de participación creado con la finalidad de modificar, mediante una ley de reforma, la Ley 7/2013, de 27 de septiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León. 

 

Cabe pensar que esta «música» suena a la paulatina «desfuncionalizción» o, si quieren, parece una reforma destinada a la progresiva desnaturalización de las diputaciones provinciales, como entidades locales prestadoras de aquellos servicios a los municipios con escasos recursos sin posibilidad para la articulación de servicios específicos como el urbanismo, la gestión, liquidación y recaudación de impuestos, servicios sociales complejos,…lo cual no es ni bueno ni malo porque en la sociedad y en la política todo es contingente pero si se habla de transparencia sería bueno que se dijera los verdaderos motivos, cueste lo que cueste, y no esconderse en eufemismos que lo único que contribuyen es a seguir ocultando al ciudadano la verdad de las cosas y de las decisiones. 

Recordar que en el punto 61 del programa electoral de Ciudadanos, formación política que gobierna en coalición con el Partido Popular de Castilla y León, figura el siguiente texto muy gráfico sobre el fondo de la reforma:

 

61. Promoveremos una reforma de la financiación municipal que garantice la suficiencia de recursos para los servicios que prestan todos los Ayuntamientos de Castilla y León. Queremos que en el próximo proceso de reforma del modelo de financiación autonómica se aborde también una reforma de la financiación de nuestros municipios para una mayor transparencia, responsabilidad, sostenibilidad y suficiencia de recursos de todos los Ayuntamientos. La financiación de los servicios locales debe llegar directamente a los Ayuntamientos y ciudadanos, no a través de entes intermedios como las Diputaciones.

 

Los castellanos y leoneses merecen ser tratados como personas con criterio en todo momento y no solamente en procesos electorales dada la complejidad de los asuntos y políticas públicas y los primeros que deben dar ejemplo en esa labor continua de transparencia, apertura, visión de futuro y respeto deben ser las principales instituciones de Castilla y León para ganar credibilidad y fortaleza.

Texto de la consulta

Consulta pública previa en el procedimiento de elaboración de la norma.

De conformidad con lo previsto en el artículo 75.2 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en relación con el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con carácter previo a la elaboración de los proyectos o anteproyectos de ley o de reglamento, se sustanciará una consulta pública.

A tal efecto, se prevé una consulta pública previa en el procedimiento para la elaboración de una Ley de reforma de la Ley 7/2013, de 27 de septiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León.

 

1. Problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.

– Simplificar la tipología y terminología de espacios funcionales para la ordenación del territorio previstos en la normativa de ordenación, servicios y gobierno del territorio de la Comunidad de Castilla y León.

– Establecer nuevos criterios para la delimitación de los espacios funcionales, especialmente en el ámbito rural más acordes con la realidad territorial y poblacional.

– Establecer un nuevo procedimiento más ágil y participativo para la delimitación de los espacios funcionales.

– Supresión de la mayoría cualificada para la aprobación por ley de los espacios funcionales rurales y urbanos.

– Simplificar la cartera de competencias de las mancomunidades de interés general.

 

2.    Necesidad y oportunidad de su aprobación.

– Se considera necesario impulsar los nuevos espacios territoriales de la Comunidad Autónoma para lograr unas zonificaciones de los servicios autonómicos más acordes con el territorio y la población receptora de los mismos, logrando unos espacios funcionales que permitan una mejora sustancial tanto en la planificación, programación y ejecución de las políticas públicas al estar planificadas bajo el criterio de la territorialidad.

– El impulso de las mancomunidades de interés general rural como fórmulas de colaboración intermunicipal para solventar los problemas que genera el inframunicipalismo de Castilla y León, para poder prestar a los ciudadanos unos servicios públicos de carácter local de calidad.

– El impulso de las mancomunidades de interés general urbano, como fórmulas de colaboración intermunicipal, para poder prestar a los ciudadanos unos servicios públicos de carácter local de calidad en los ámbitos urbanos, aprovechando las áreas de influencia de los grandes municipios.

 

3.    Objetivos de la norma.

– Adaptar la tipología de espacios funcionales para la ordenación del territorio a las áreas funcionales, ya sean rurales o urbanas.

– Garantizar la participación de todos los ciudadanos, y de las asociaciones y organizaciones implicadas en el mundo rural, en el proceso de delimitación de los espacios funcionales rurales.

– Fijar la participación de los agentes económicos y sociales de Castilla y León en la elaboración del futuro mapa de áreas funcionales rurales.

– Reforzar la participación de las Entidades Locales en sus respectivos niveles de decisión en la elaboración del mapa de áreas funcionales.

– Establecer nuevos criterios para la delimitación de los espacios funcionales, especialmente en el ámbito rural.

– Establecer un contenido mínimo de competencias en los estatutos de las mancomunidades de interés general rurales.

– Flexibilizar las competencias de las mancomunidades de interés general urbanas.

 

4.    Posibles soluciones regulatorias y no regulatorias.

 

Algunos aspectos de la reforma podrían abordarse también en el nivel reglamentario.

 

Fecha de publicación 27 de diciembre de 2019

 

El plazo para realizar aportaciones a este espacio de participación finalizará a las 14:00 horas del 24 de enero de

 

Para seguir la evolución de la consulta abierta y los comentarios de los participantes ir al siguiente enlace: Procedimiento para la elaboración de una Ley de reforma de la Ley 7/2013, de 27 de septiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de la Comunidad de Castilla y León

 
 
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